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Importante modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil para las empresas en España

20/03/2024

El 20 de marzo de 2024 entra en vigor la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil española prevista en el Real Decreto 6/2023, de 19 de diciembre, que traerá consigo una serie de cambios prácticos para empresas y particulares, especialmente en lo que se refiere a las comunicaciones electrónicas de la Justicia.

Probablemente el cambio más significativo para las empresas españolas es que ya no tendrán que ser notificadas las demandas y comunicaciones judiciales por correo o por un funcionario judicial de forma personal, sino por medios electrónicos.

La reforma prevé la notificación electrónica de documentos que inicien procedimientos (por ejemplo, reclamaciones o requerimientos de pago) a las personas que estén obligadas legal o contractualmente (¡!) a relacionarse con la administración española por medios electrónicos. Se trata básicamente de todas las sociedades mercantiles; también se incluyen las sucursales extranjeras y los establecimientos permanentes.

La notificación de la demanda la realiza el juzgado a través del buzón electrónico (Dirección Electrónica Habilitada - DEH) que la Secretaría General de Administración Digital habilitará para cada empresa. Si la notificación no se visualiza en el plazo de 3 días, la notificación se realizará de nuevo por vía electrónica mediante publicación en el Tablón Edictal Único y se tendrá por efectuada a partir de esa fecha. Los plazos muy cortos e improrrogables para presentar una contestación a una demanda (10 o 20 días) o una oposición a un requerimiento de pago (20 días) previstos en los procedimientos civiles españoles empiezan a contar a partir de la notificación.

Para evitar un brusco despertar, por ejemplo, por el incumplimiento del plazo de contestación a una demanda, con el resultado de que la empresa sería condenada en rebeldía, las empresas deben crear procesos internos que garanticen la comprobación diaria del buzón electrónico de la empresa. También es aconsejable que las empresas activen la función de alerta electrónica de la citada sede judicial electrónica para ser informadas inmediatamente de cualquier acto procesal que les pueda afectar.
 

Michael Fries
Abogado & Rechtsanwalt
Monereo Meyer (Madrid)

Madrid, 18. de marzo de 2024